Cuando estamos frente a un posible DESALOJO nos viene a la mente el momento en el que, confiados celebramos aquel contrato de alquiler con precio y plazo como corresponde y por supuesto también precordamos que en ese momento estuvimos convencidos de haber tomado todos los recaudos para vernos obligados que caer en instancias de DESALOJO. Y, posiblemente hayamos estado también bastante asesorados, pero por lo aleatorio de los acontecimientos, a nuestro inquilino le cambiaron las circunstancias y acá estamos, frente a una acción de DESALOJO por vencimiento de contrato ,falta de pago, más cobro de alquileres devengados y si se puede un Daños y Perjuicios...
En esta situación que puede ser por otro lado bastante engorrosa de por sí ( no podemos negar la mala fama de los DESALOJOS) por sus tiempos y onerosidad, debemos pensar en solo una cosa y ésta es UN BUEN ASESORAMIENTO
Frente a la consecuente pérdida económica derivada de incumplimiento del contrato de alquiler es menester, si no imperioso, actuar con celeridad para evitar un daño mayor.
En un DESALOJO la acción debe ser concreta y bien direccionada.
NO DUDE LO ESPERAMOS
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